18-11-2019 - Temática: Ayudas y Subvenciones - Impuesto: TODOS

SUBVENCIONES. CALDERAS JUNTA DE ANDALUCIA

REPERCUSIONES FISCALES DE LAS SUBVENCIONES RECIBIDAS

En primer lugar hay que distinguir entre quién recibe la subvención y en segundo lugar qué tipo de subvención se recibe.

1.- PERSONAS FÍSICAS (particulares)

En este caso las subvenciones pasan a formar parte de la declaración anual del I.R.P.F. Tributan como Ganancia Patrimonial de la persona formado parte de la Base General del Impuesto.
Además, el IVA, formará parte de la dotación económica de la subvención y por tanto de la Ganancia.
 
Al decir que lo recibe como Persona Física (particular), debe quedar entendido que lo subvencionado no forma parte de ninguna actividad económica, en cuyo caso, se aplicaría lo que se indica a continuación.

2.- EMPRESARIO (actividad económica)

En caso de que la subvención sea consecuencia de una mejora económica como ayuda a la actividad, sin que se exija una inversión, formará parte de la Base Imponible, es decir, como un mayor ingreso de la actividad y en el ejercicio en que se recibe. Aunque en cuanto a la imputación temporal habría que observar algunas otras circunstancias.

El IVA, no formará parte de la dotación económica de la subvención puesto que es deducible como inversión en la declaración de IVA.

En caso de que se trate de una ayuda para destinarla a la inversión para la adquisición de algún elemento que intervenga en el proceso productivo de la empresa,hay que considerarla también como un mayor ingreso pero imputándola (la subvención) a cada ejercicio económico en la misma proporción con que se amortiza el bien o elemento subvencionado.

Nota.- Las personas que reciben una subvención están obligadas a la presentación de la renta (IRPF), aunque por otra parte, con la redacción dada al apartado 2c) del artículo 96 de la Ley del IRPF según la Ley 6/2018 de 3 de julio de 2018, no están obligados a presentar la Renta si, además de cumplir con el resto de límites que excluyen de la presentación, la subvención obtenida es inferior a 1.000,00 €.